Cuando vamos a firmar un contrato con nuestro operador de telefonía, es importante conocer todas las cláusulas y detalles que están presentes puesto que, tal y como afirma la propia OCU, puedes contener cláusulas que nos pueden perjudicar. Te contamos todos los detalles.
Cuando contratamos un servicio con nuestro operador de telefonía, son muchos los detalles que se encuentran presentes en el propio contrato y, en muchos casos, pasamos por alto. Sin embargo, conocer todas las cláusulas que intervienen en ellos es fundamental para preservar nuestros derechos como consumidor y, además, evitar tener problemas inesperados en el momento en el que queremos cambiarnos de compañía.
El derecho de desistimiento
Uno de los principales aspectos que debemos tener en cuenta es que cuando contratamos un servicio por teléfono o por internet tenemos un derecho de desistimiento de 14 días, tal y como informa la propia OCU. Durante este plazo, no es necesario que demos ninguna explicación para cancelar lo firmado.
No obstante, también es clave saber qué una vez el contrato comienza a ejecutarse perdemos este derecho de desistimiento. Un aspecto que es fundamental saber en el ámbito de las telecomunicaciones. Cuando contratamos un pack de servicios, se entiende que el contrato se ha puesto en marcha cuando alguno de los servicios ya está operativo. Por ejemplo, cuando técnico llega a casa para hacer la instalación o cuando el teléfono móvil llega por mensajería. Y, por ende, ya no es posible ejercer el derecho de desistimiento. En el caso de desistir el contrato sin que hayan proporcionado ningún servicio, no deberían cobrar nada por ello.
En caso de portabilidad
Uno de las principales recomendaciones que dice la OCU es que nos aseguremos de que no tengamos ningún compromiso de permanencia activo. Y, además, que si acudimos a alguna tienda física a realizar lo propio, pidamos las condiciones por escrito sin firmar nada. De este modo, siempre tendremos un respaldo de lo que queremos contratar. Un escenario muy similar al que nos encontramos en el caso de que nos llamen por teléfono con alguna oferta que pueda ser de nuestro interés. Si nos encontramos con esta situación, no debemos contratar nada sin que esta oferta haya sido enviada por escrito.
Por otro lado, también resalta que las compañías sí que suelen informar del derecho de desistimiento de 14 días. Sin embargo, no siempre nos cuentan las excepciones al respecto, como la mencionada previamente. En el caso de que vayamos a cancelar la portabilidad iniciada, y siempre y cuando el técnico no haya llegado a nuestra casa a realizar ningún tipo de instalación, es recomendable que solicitemos la cancelación por carta certificada. De este modo, no podrían cobrarnos nada, al haber cancelado dentro del tiempo estipulado.
La devolución del router
En el caso de que la compañía en la que nos encontremos nos haya prestado un router, deberemos devolverlo en el plazo indicado y en buen estado. De lo contrario, podrían cobrarnos el 100% del valor del equipo. En las condiciones que firmemos esta información debe estar presente.
También es importante que comprobemos que solicitemos información de qué ocurriría en el caso de que nos cambiemos de domicilio. No siempre es posible conservar el mismo número cuando nos cambiamos de casa. Si en la nueva dirección, nuestro operador no tiene cobertura o no puede realizar el traslado por cualquier otro motivo, como usuarios podemos resolver el contrato. Sin embargo, debemos tener en cuenta que si tenemos permanencia, es posible que nos cobren una penalización.
Si existe la posibilidad de cambiar de domicilio en un futuro cercano, infórmate bien de a qué situación te enfrentarías y solicita la misma por escrito para evitar tener problemas cuando llegue el momento.